Sentencia a Fujimori: criterios para la admisión de la prueba

A partir de la fecha se publicarán extractos sumillados de la Sentencia de la Sala Penal Especial en el Expediente N° AV 19-2001 (acumulado), del siete de abril de 2009. Casos Barrios Altos, La Cantuta y sótanos SIE; en adelante, "Sentencia a Fujimori".

«57°. Por otro lado, es de precisar el requisito –en puridad, criterios que deben seguirse para la admisión de la prueba– de idoneidad –en adición al de pertinencia– en un sistema de prueba libre como el nuestro, que consagra la libertad de medios de prueba –libertad de elección y de empleo de los diversos medios de prueba, que da lugar, como regla, que no se requiera para la comprobación de un hecho en particular un medio especial o exclusivo de prueba–. La doctrina procesalista indica que mediante la idoneidad ha de tenerse en cuenta que la ley permita probar con un medio de prueba determinado el hecho –o parte de él– objeto de prueba[8]. Es de advertir, en consecuencia, si existen prohibiciones de medios de prueba o si la ley establece la probanza de un determinado hecho con un preciso medio de prueba[9].
Ahora bien, respecto de los hechos imputados, del thema decidendi, según el detalle realizado en los párrafos precedentes, no existe norma procesal que prohíba probar con un medio de prueba específico algún extremo de los mismos. No hay exclusión, excepciones o limitaciones al respecto. Obviamente, como advierte FLORIÁN, los medios de prueba deben ser lícitos, adecuados y concluyentes[10].»

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[8] DEVIS ECHANDÍA, HERNANDO: Teoría general de la prueba judicial, Editorial Temis, Bogotá, 2002, páginas 126–125.
[9] El requisito de legalidad del medio de prueba, apunta MARTÍN PASTOR, JOSÉ, exige que el mismo ha de estar previsto en general por la ley, y que ésta no lo excluya en el proceso correspondiente, atendido cuál es el objeto de éste [En: El proceso penal en la doctrina del Tribunal Constitucional 1981 – 2004 (ORTELLS RAMOS, MANUEL – TAPIA FERNÁNDEZ, ISABEL: Dirección y coordinación), Editorial Thomson Aranzadi, Madrid, 2005, página 508].
[10] FLORIÁN, EUGENIO: De las pruebas penales, tomo I, Editorial Temis, Bogotá, 1976, página 244.

Fuente:
http://www.pj.gob.pe/CorteSuprema/spe/documentos/P2C1_Prueba_penal.pdf

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