Titulo: TS Social, Reconoce el derecho de una mujer separada a cobrar una pensión por haber cuidado de sus padres durante varios años
Tribunal: Tribunal Supremo (España). Sala de lo Social
Fecha: 03/03/2009
Número de recurso: 4424/2007
Tipo de resolución: Sentencia
Resumen:
Prestación en favor de otros familiares. La demandante es una mujer mayor de 45 años, separada de hecho de su marido a causa de haber abandonado éste el domicilio conyugal y que convivió con sus padres y a expensas de éstos hasta el fallecimiento del padre, en cuyo momento había interpuesto demanda de separación. Pretende que se le reconozca una prestación a favor de otros familiares y el TSJ le reconoce la misma. El TS aprecia falta de contradicción con la sentencia de contraste, dado que en ésta la beneficiaria no percibía ninguna prestación porque se separó voluntariamente de su marido y no pactaron pensión alguna a su favor, por lo que no agotó todos los pasos necesarios para percibir las rentas o aportaciones que el ordenamiento le reconoce; mientras que en la recurrida la demandante no percibía pensión del marido porque la abandonó y la sentencia de separación se dictó con posterioridad al fallecimiento del padre.
Tribunal: Tribunal Supremo (España). Sala de lo Social
Fecha: 03/03/2009
Número de recurso: 4424/2007
Tipo de resolución: Sentencia
Resumen:
Prestación en favor de otros familiares. La demandante es una mujer mayor de 45 años, separada de hecho de su marido a causa de haber abandonado éste el domicilio conyugal y que convivió con sus padres y a expensas de éstos hasta el fallecimiento del padre, en cuyo momento había interpuesto demanda de separación. Pretende que se le reconozca una prestación a favor de otros familiares y el TSJ le reconoce la misma. El TS aprecia falta de contradicción con la sentencia de contraste, dado que en ésta la beneficiaria no percibía ninguna prestación porque se separó voluntariamente de su marido y no pactaron pensión alguna a su favor, por lo que no agotó todos los pasos necesarios para percibir las rentas o aportaciones que el ordenamiento le reconoce; mientras que en la recurrida la demandante no percibía pensión del marido porque la abandonó y la sentencia de separación se dictó con posterioridad al fallecimiento del padre.
Fuente:
http://www.poderjudicial.es/eversuite/GetRecords?Template=cgpj/cgpj/principal.htm
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